Propuesta Reglamento Interno
Consejo Comunal “VALOR Y CONCIENCIA”
PREÁMBULO CONSTITUCIONAL
El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes
creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro
Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados
aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana;
con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad
democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un
Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad,
la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad
territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras
generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la
educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni
subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e
impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio
de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e
indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad
internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes
jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad; en
ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional
Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático.
REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO
INTERNO Y DE DEBATE DEL
CONSEJO COMUNAL “VALOR Y
CONCIENCIA”
CAPÍTULO I
DISPOSICIÓNES GENERALES
Objeto
Artículo 1. El presente estatuto tiene por objeto, normar y
regular la actuación de los miembros del CONSEJO COMUNAL “VALOR Y
CONCIENCIA” en cuanto a su funcionamiento interno de debate, relaciones con
la comunidad, articulaciones con los órganos públicos y privados a los fines de garantizar, la
corresponsabilidad social, la rendición de cuentas, el manejo transparente,
oportuno y eficaz de los recursos que dispongan, bien sea por asignación del
Estado o cualquier otra vía de conformidad con el ordenamiento jurídico.
Estatuto adecuado a la Ley Orgánica de los Consejos Comunales promulgada en la
Gaceta Oficial Nº 39.335 del día 28 de Diciembre de 2009. Aprobados en
"Asamblea Ordinaria" del día 12
de Marzo de 2016.
SITIO WEB EN CONSTRUCCIÓN